Regulación: ¿censura o represión?

La democracia no es solo la aplicación apabullante de la regla de la mayoría para la toma de decisiones.

Opina - Medios

2019-02-16

Regulación: ¿censura o represión?

Leo en el periódico Vanguardia de Bucaramanga que “El próximo 28 de febrero se reunirá la Procuraduría General, Fiscalía General y miembros de la Corte Constitucional, entre otros, para hablar sobre los límites de la libertad de expresión en las redes sociales”.

Y precisa la nota “La audiencia pública que se realizará en la Corte busca hacerle seguimiento a tres acciones de tutela que llegaron al alto tribunal, las tres vinculadas a redes sociales.

De acuerdo con la presidenta de la Corte, Gloria Stella Ortiz, dicha audiencia se llevará a cabo con el fin de sentar nueva jurisprudencia y evidenciar los derechos fundamentales que puedan verse amenazados en las nuevas plataformas de comunicación.

En la audiencia, que se desarrollará en el Palacio de Justicia, se abordarán temas relacionados con la libertad de expresión, el control de responsabilidad en las publicaciones hechas por los usuarios y la autoregulación en el uso de las plataformas y la publicación de imágenes”.

Pavoroso.

A quienes nos atrevemos a desnudarnos ideológica y mentalmente en público en las columnas de opinión de los medios de comunicación, nos produce una cierta comezón ese tipo de actividades regulatorias.

Porque las libertades de expresión, de opinión, de prensa, como corolarios inescindibles e inevitables de la libertad de pensamiento, son partes muy sensibles de nuestro organismo. Para nada nos agrada que nos las toquen.

Son libertades, todo lo burguesas que puedan parecerle a los compañeros marxistas, pero supremamente sensibles. Porque pensar es, por excelencia, la actividad humana. No hay ninguna otra que esté tan íntimamente unida a la condición del ser humano como el ejercicio del pensamiento, del discernimiento, del raciocinio.

De hecho, si algo echamos de menos en nuestra sociedad actual es la falta de ese ejercicio tan humano y vital, como lo es el de pensar.

Pero, pensar sin poder expresar lo que se piensa resulta ser un ejercicio inocuo, inútil. De nada sirve poder elucubrar, discutir mentalmente, examinar opciones y variables, si luego las conclusiones de esas prácticas no pueden comunicarse a otros.

Razonar y debatir, por otra parte, son la esencia misma de la democracia.

Mucho se habla acerca de esta forma de gobierno, en la cual prevalece el criterio de la mayoría.

Sin embargo, el que prevalezca el criterio de la mayoría no es prenda de garantía de que nos encontremos en presencia de la auténtica democracia, como quiera que ella esté en íntima relación con la posibilidad de hablar, de debatir, de cuestionar, de disentir.

La democracia no es solo la aplicación apabullante de la regla de la mayoría para la toma de decisiones. La democracia es también y, primordialmente, el reconocimiento efectivo del derecho de la minoría a existir, a disentir, a debatir, a cuestionar y a comportarse de acuerdo con ese disenso.

Pero cuando el poder comienza a deliberar sobre la mejor manera de limitar esa facultad de expresar el disenso, las cosas se van tornando azarosas.

Y es en lo que estamos ahora.

Porque esa mencionada reunión de la Corte Constitucional con la Procuraduría y la Fiscalía, con los representantes de operadores de redes sociales como Facebook y Google, entre otros, no es, en primer lugar, gratuita ni tampoco surge de la nada.

Existe ya en el Congreso de la República, un muy sintomático proyecto de ley, el número 179 de 2018, que ya tiene ponencia para primer debate, presentado por el senador José Name (descendiente de uno de los congresistas más cuestionados en su momento por su clientelismo y prácticas non sanctas en materia democrática).

Esta iniciativa legislativa, publicada en la Gaceta del Congreso nro. 850 de 2018 y 60 de 2019 (donde pueden consultarla en su integridad),

“…tiene como fin crear un marco jurídico que permita garantizar la protección de la honra y el buen nombre de los ciudadanos por las injurias y calumnias que se presentan a través de las redes sociales y demás plataformas en la web. En ese sentido, esta iniciativa pretende establecer mecanismos que permitan ejercer un mayor control sobre la libertad de publicación de contenidos en la web”. (Énfasis añadido).

Para ello entra en unas “definiciones” que no definen nada. En efecto, en su artículo 2° señala:

“Definiciones. Para efectos de la presente ley, se definen los siguientes conceptos: Publicación abusiva: Todo relato, mensaje o afirmación difamatoria, deshonrosa, injuriante y/o calumniosa, que atente contra o restrinja los derechos a la honra, la dignidad humana, el buen nombre y la intimidad de las personas naturales o jurídicas sin que exista consentimiento libre del titular de los derechos o pronunciamiento oficial de autoridad competente que lo soporte y que se divulgue a través de medios masivos de comunicación digital, o servicios y/o herramientas de publicación de contenido en Internet…”

Porque como se puede apreciar da por sentados los conceptos de difamación, deshonra, injuria y calumnia. No los define propia y exhaustivamente, como debe hacerlo quién pretende legislar.

Y ya vimos en la campaña electoral pasada de qué manera un energúmeno militante del ahora partido de gobierno, pretendió censurar la plumilla del excelente caricaturista Matador, porque le parecía que la caracterización que este hacía del presidente Mario, era injuriosa y abusiva.

De tal suerte que, al dejar la puerta abierta para la interpretación de la norma, cualquier persona podría proclamarse ofendida, vulnerada y, por contera, víctima de ese abuso.

Sin embargo, este malhadado proyecto no ahonda en la prevención y combate de una práctica, esa sí perversa y muy común en las redes sociales, que ha sido permanentemente usada por el partido mal llamado Centro Democrático y que tiene que ver con la difusión de información falsa.

El proyecto de Ley del senador Name, no cae en la cuenta de que para la democracia y para la convivencia ciudadana, es mucho más perjudicial una información falsa, difundida por las redes sociales como Facebook o Twitter, que un insulto o una caricaturización del más encumbrado personaje.

Porque el uso de la mentira en política, asunto este que hemos estudiado y debatido ampliamente aquí, suele traer aparejadas consecuencias nefastas.

Piénsese, para no ir muy lejos en los tres ejemplos más recientes y rememorados, como los relativos al llamado Brexit, al Referendo sobre los acuerdos de paz de la Habana y la elección a la presidencia de los Estados Unidos de América del abusivo magnate.

Y es que resulta mucho más grave para la sociedad y para la forma democrática de gobierno, que se difundan noticias falsas sobre procesos judiciales claves, sobre supuestas investigaciones de atentados terroristas o sobre falsas agresiones de los vecinos, a que al presunto mandatario le pinten nariz de puerco.

El código penal vigente trae sanciones para los casos de injuria y calumnia, en sus artículos 220 a 224. Allí están perfectamente definidas las infracciones contra la honra, el buen nombre y la integridad moral de las personas.

Además, quien se considere afectado en esos derechos, o en su integridad e intimidad, por una publicación de prensa, perfectamente puede acudir no solamente al código penal, sino a la acción de tutela prevista por el art. 86 de la Carta Política.

Pero que se nos pretenda “meter en cintura” el derecho a caricaturizar, a ironizar, a criticar y a cuestionar a los personajes de nuestra fauna política en las redes sociales, por más presidentes o senadores que sean, si es algo que no podemos tolerar y por lo cual es preciso realizar una enérgica protesta.

Es preciso notificar al Congreso y a la Corte Constitucional que democracias de fachada, con vacas sagradas intangibles e intocables, no pueden existir. No las vamos a tolerar.

 

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Armando López Upegui
Historiador, Abogado, Docente universitario y Maestro en Ciencia política.