El presidente Juan Manuel Santos defendió la constitucionalidad del plebiscito por la paz junto con su equipo negociador, algunos expertos de la UNAL y la Defensoría del Pueblo, en audiencia pública realizada el pasado 26 de mayo en la Corte Constitucional. Para Santos los colombianos deben pronunciarse y el mecanismo ideal, según él, para hacerlo es la votación de los colombianos y colombianas en un plebiscito.
En ese sentido, el plebiscito tiene “el doble propósito de legitimar popularmente los acuerdos, y de perfilar la implementación estable y duradera de los mismos” dijo el mandatario. Al presidente lo secundaron el alto comisionado para la paz Sergio Jaramillo, el jefe del equipo negociador del gobierno Humberto de la Calle y el ministro del interior Juan Fernando Cristo quienes también intervinieron en la audiencia.
Muchos colombianos aún no entienden el significado de un plebiscito. Según el artículo 7 de la Ley 134 de 1994: “El plebiscito es el pronunciamiento del pueblo convocado por el presidente de la república, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo”. Sin embargo, frente al “plebiscito especial” que busca el Gobierno existen varias dudas. La primera tiene que ver con el umbral, el proyecto establece solo un 13 % del censo electoral, la razón de quienes defienden esta postura es que en Colombia existe un abstencionismo histórico que corresponde a otras razones más allá de políticas, como lo mencionó la Defensoría y Rodrigo Uprimny en audiencia. Por su parte, sectores como el de la Procuraduría consideran que este umbral no es suficiente para generar legitimidad.
La legitimidad de la paz se ganó en las Urnas en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales del 2014, en ese entonces las campañas entre Santos y el hoy prófugo de la justicia Zuluaga se centraron en seguir o no con los Diálogos de Paz, en la segunda vuelta se ganó por la continuación de los Diálogos con las FARC-EP y la finalización de la guerra, con un 50,99 % de los votos.
La siguiente pregunta que surge gira en torno al carácter vinculante del plebiscito. Desde el supuesto que ganara el “sí”, no habría dificultad y los acuerdos serían incorporados en el orden legal y constitucional pasando a la fase de implementación; pero sí ganará el “no”, queda la duda sí -en efecto-, la solución al conflicto armado debería seguir siendo armada. Según el defensor del pueblo, Alfonso Cajiao, si el pueblo colombiano vota por el ‘no’, esto no significa que el Gobierno tendrá que regresar a la vía armada, sino que implicaría reformular el acuerdo de paz.
Entonces el plebiscito debió hacerse antes de empezar la negociación. Luego de 3 años para llegar a unos acuerdos, estos tendrían que ser modificados: ¿Quién los modificara? ¿Las partes? ¿Otra comisión de Gobierno y FARC-EP? ¿Un Congreso investigado en su mayoría por parapolítica? ¿Qué se les modificaría a los acuerdos?
De nuevo, el respaldo del pueblo a los acuerdos se dio con la reelección de Santos, sectores políticos y sociales que en el primer mandato del presidente y actualmente han estado en oposición al régimen y modelo de desarrollo de Santos, le dieron con su voto un mandato por la paz. Santos paso de tener 3.310.794 votos en la primera vuelta a tener 7.839.342 votos en la segunda vuelta. En el aumento de votos se encuentran los campesinos, estudiantes y trabajadores que participaron de un paro para el pasado 30 de mayo[i] por la política neoliberal del actual Gobierno pero que apoyan la paz. Los colombianos ya expresaron un voto por la paz y ganó el sí.
Otra de los interrogantes que suscita el plebiscito por la Paz es su carácter de unilateralidad. Cuando se lanzó la propuesta, las FARC-EP rechazaron contundentemente esta idea mediante una carta enviada al presidente en febrero del 2016 y publicada por el portal “Las 2 Orillas”.
Para las FARC-EP el mecanismo sería mal utilizado “constituye una aplicación de instituciones constitucionales y legales fuera de lugar, so pretexto de darle al plebiscito condiciones y alcances de los que carece por naturaleza” En el marco de unas negociaciones es necesario crear confianzas en el opuesto. Para esto las partes ponen reglas de juego claras y concisas que permiten la permanencia en la mesa y la continuación del diálogo. No obstante, el jefe de estado se empecina en tomar decisiones que afectan a las partes pero que no han sido acordadas en el marco de la negociación.
Para los negociadores de la guerrilla es necesario buscar el mejor mecanismo por ambas partes “En nuestra opinión el plebiscito refrendatorio desconoce el Acuerdo General, la Constitución, el Estado de Derecho y las normas de funcionamiento del Estado colombiano. Los invitamos entonces, a que de manera bilateral y reposada continuemos el desarrollo de los puntos de la Agenda que aún quedan por resolver, entre ellos el punto 6, que, de seguro, es tan claro para ustedes como para nosotros: “Implementación, verificación y refrendación”. Dejemos de lado lo que no haya surgido de los textos del Acuerdo General y busquemos conjuntamente vías jurídicas que permitan la inmediata implementación de todo lo acordado en La Habana una vez se firme el Acuerdo Final. Manos a la obra. El país lo agradecerá”.
La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento, dice la Constitución en su artículo 22. No es una simple decisión del Ejecutivo, deben estar inmersas todas las ramas del poder público, incluidos los organismos de control, pero también el constituyente primario, es decir, cada una de las personas que hace a Colombia. Por esto, la paz no es plebiscitaria, es el sueño de la población colombiana que aun con diferencias en torno al sistema económico, social y político. Pero no hay sector político o social que se oponga a la paz, aún el uribismo ha cambiado su discurso y han dicho que no están en contra de la paz. El presidente Juan Manual Santos no debe ponerle más trabas a la paz, y no debe utilizar esta para legitimar sus políticas que van en contra del pueblo colombiano, en el único que estamos todos de acuerdo es en la necesidad de la paz.
[i] (2016). ONIC – ¡Minga Nacional Agraria, Campesina, Étnica y Popular! Hora … Retrieved July 6, 2016, from http://www.onic.org.co/noticias/1202-minga-nacional-agraria-campesina-etnica-y-popular-hora-cero-30-de-mayo-de-2016.
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