Decido creerle a la mujer

La violencia psicológica, la violencia económica, el racismo, el sexismo, la estigmatización, el machismo, el patriarcalismo, la misoginia, la superioridad ética, son acciones verdaderas, ciertas, reales, cotidianas, que no se materializan de fácil manera en medio de un proceso judicial.

- Política

2020-12-18

Decido creerle a la mujer

Columnista:

Daniel Fernando Rincón

 

Con ocasión de la audiencia del senador de las Farc, Julián Gallo, donde aceptaba la responsabilidad individual y colectiva de esa colectividad, cuando aún estaba en armas, frente al magnicidio de Álvaro Gómez Hurtado, líder del Partido Conservador Colombiano, hijo de Laureano Gómez, presidente de la República electo en medio de la guerra Civil Bipartidista desatada en 1948; surge de nuevo el tema de los tipos de verdad, frente, no solo a los procesos judiciales con ocasión del conflicto, sino también en el diario transitar de las sociedades colombianas.

En términos jurídicos, existen dos tipos de verdad; una verdad real, que corresponde con los hechos de la realidad y que muchas veces es difícil de establecer y la verdad procesal, que se crea a partir de las pruebas que reposan en los expedientes y procesos judiciales y en las conclusiones que se pueden sacar de lo contenido en ellos.

Por ejemplo, en el caso del atentado contra Gómez Hurtado, el expediente y las pruebas que la Fiscalía General de la Nación había recopilado durante tantísimos años apuntaban a que la verdad procesal estaba relacionada con la intervención de miembros del Gobierno nacional, especialmente el expresidente Ernesto Samper y el exministro Horacio Serpa Uribe, en un complot para matar al hijo de Laureano; sin embargo, la verdad real parece estar del lado de la venganza personal e institucional entre el legendario guerrillero liberal-comunista, Pedro Antonio Marín (Manuel Marulanda Vélez).

Aun cuando esta situación pareciera extraordinaria, es común que la verdad real, paradójicamente, se escape a la realidad de las pruebas en un proceso judicial; bien sea por la falta de destreza de los entes acusadores para recopilar las pruebas necesarias que permitan la reconstrucción de la realidad de los hechos que genera el proceso judicial; bien sea por la intención de los señalados de realizar esas acciones para que esas pruebas no correspondan con los hechos; o bien sea porque esos señalados hacen todo tipo de maniobras dilatorias para que los jueces no puedan actuar en esos casos, lo que ocasiona que dichos procesos no prosperen y los implicados sean declarados inocentes ante la justicia.

Ahora, muchas veces esa dicotomía entre la realidad de los hechos y la interpretación de estos ante un tercero que realiza la comparación de las pruebas allegadas con respecto a un código que resume los comportamientos considerados delictivos en una nación determinada (juez); se constituye en un verdadero tropiezo, especialmente en Colombia, en donde el principio de presunción de inocencia, que es un principio fundamental para los procesados e inculpados por algún delito, se convierte en una arma de doble filo en determinadas circunstancias, a pesar de que dicho principio se estableció justamente como garantía en los procesos judiciales.

Así, en virtud de ese principio, es inocente tanto el asesino y violador de Yuliana Samboní, como Rodrigo Londoño, máximo jefe de las extintas guerrillas de las Farc, como es inocente Gustavo Petro, como lo fue en su momento Pablo Escobar Gaviria, como lo es el magistrado Juan Carlos Granados, como también lo es Sergio Fajardo.

En este punto es válido recordar el triángulo de la violencia propuesto por Johan Galtung, quien define que existen dos tipos de violencia: la visible y la invisible. La visible, ubicada en la punta de la pirámide, es la violencia directa, asociada a comportamientos agresivos y la invisible, ubicada en las bases de la pirámide, tiene dos elementos, por una parte la violencia estructural, basada en el conjunto de las estructuras sociales que no permiten la satisfacción de las necesidades del ser humano y se vuelven opresivas y dominantes y por la otra, la violencia cultural, que conforma un marco de valores que legitima las agresiones y los sufrimientos y se concreta en actitudes.

La violencia psicológica, la violencia económica, el racismo, el sexismo, la estigmatización, el machismo, el patriarcalismo, la misoginia, la superioridad ética, son acciones verdaderas, ciertas, reales, cotidianas, que no se materializan de fácil manera en medio de un proceso judicial y dado que el victimario se ubica en el principio de la presunción de inocencia, no surgen tan fuertemente como verdad procesal, ya que dichos procesos hacen que sobre la victima recaiga todo el peso de la prueba y solo cuando hay una agresión física o verbal evidente, comprobable y comprobada, es que emanan cual fuentes de agua todas esas pequeñas violencias y agresiones blandas.

¿Son inocentes quienes desde su privilegiada posición económica afirman que el salario mínimo es muy alto? ¿Se considerarían inocentes quienes confiados en su tono de piel dicen «ese negro es ladrón», «esos chocoanos hacen fiestas en medio de las inundaciones, por eso están como están»? ¿Se podría contemplar como inocente quien desde su machismo señala a una mujer de acabar un movimiento político (incipiente), por la libre decisión que aquella tomó de no apoyar al ungido del hombre líder de ese movimiento, con lo que desata en su contra, una guerra de opiniones airadas en redes sociales? ¿Son inocentes los hombres que conscientemente señalan de falsas feministas a algunas mujeres de su propio movimiento político, por diferencias de criterio, confiando en que con sus señalamientos se desatará una seguidilla de reacciones negativas hacia ella, recordándole su papel subordinado en la sociedad?

En este leguleyo país, ante la verdad real que permite afirmar de alguien que está ejerciendo dominación u opresión a algunas personas, o lo que es lo mismo, de insinuar la culpabilidad de alguno de los líderes del momento, por sus actitudes que motivan y justifican las acciones agresivas de otros, especialmente si son políticos, no falta el furibundo que diga: «¡eso es mentira! ¿Tiene pruebas? Vaya y ponga la denuncia ante la Fiscalía».

Porque sí, considerando que la eficacia de la justicia colombiana es muy variable, una denuncia penal por algún acto de agresión puede tardar meses y dado que la verdad procesal es muy distinta a la verdad real, en los casos de violencia estructural, no hay forma de comprobar que verdaderamente es así y ante «la justicia» alguien acusado de misógino, será declarado «inocente», por falta de pruebas o por vencimiento de términos.

¿Qué se puede hacer en estos casos?

  • Apelar a otros códigos que no necesariamente son el código penal, procesal, de trabajo, civil o los que regulan las acciones de la sociedad colombiana.
  • Apelar a los códigos morales que tenemos y actuar en consecuencia es una solución, transitoria al menos.

Por todo lo anterior, mi código moral cristiano- evangélico y luterano me impide ponerme del lado del opresor.

Por todo lo anterior, decido creerle a Cielo Rusinque en sus denuncias contra Moisés Ninco, a pesar de que algunos desde la presunción de inocencia, no lo hagan.

Sé que es difícil apelar a la moral para dirimir casos así, pero, para calmar mi conciencia, decido creerle a la mujer, justamente por el milenario papel subalterno que tiene.

 

 

 

 

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Daniel Fernando Rincón
Zootecnista Universidad Nacional de Colombia sede Bogotá. Candidato a Magíster en Producción Animal. Girardoteño. Protestante desde tiempos inmemorables. Luterano. A veces escribe en portales de opinión.