De ‘Epa Colombia’, de los fines del derecho penal y de Maquiavelo

No pretendo acá quedarme en un mero juicio formal de antijuridicidad y explicar si ‘Epa Colombia’ cometió o no los delitos, si la Fiscalía General debió imputar o no el delito conexo de incitación al terrorismo, o si hubiera sido suficiente con el daño a bien ajeno. Es otro mi análisis. 

Infórmate - Conflicto

2021-08-17

De ‘Epa Colombia’, de los fines del derecho penal y de Maquiavelo

Columnista:

Leonardo Rodríguez

 

Esta semana la justicia condeno a ‘Epa Colombia’ a más de cinco años de pena privativa de la libertad en establecimiento de reclusión carcelario, algo que ha suscitado toda una serie de reacciones tanto de juristas como de gente de a pie.  El sentimiento generalizado es de injusticia, de exceso, de desproporcionalidad. Frente a ello, resulta imperioso llevar a cabo una serie de precisiones en tanto a los fines del derecho penal, tanto como a la concepción del estado mismo que tenemos los colombianos y por supuesto, al enmarcado sistema feudal de justicia que en la actualidad ostenta nuestra patria.

En primer término, el derecho penal vamos a entenderlo (por supuesto, podríamos estar cinco años definiéndolo, pero grosso modo) como esa ultima ratio o ese conjunto de normas que regulan los comportamientos sociales más reprochables, tan reprochables que son merecedoras de la coacción o restricción del bien más preciado dentro de nuestra sociedad, la libertad, por parte de la fuerza legítima del Estado.

El derecho penal merece ser analizado no solo como la cárcel, sino como una ciencia hermosa que nos permite concluir que en donde hay dos seres humanos o más puede llegar a existir conflicto; es decir, en términos de Hobbes, homo homini lupus.

Las sociedades históricamente se regulan de tal modo que las conductas que consideran más lesivas de los bienes jurídicos, serán protegidas mediante el castigo a quienes atenten contra ellas. Esto es, en el caso colombiano la cárcel para personas, en el caso sub judice, que atenten contra los bienes públicos y pretendan incitar a la violencia o al terror a otros.

No pretendo acá quedarme en un mero juicio formal de antijuridicidad y explicar si ‘Epa Colombia’ cometió o no los delitos, si la Fiscalía General debió imputar o no el delito conexo de incitación al terrorismo, o si hubiera sido suficiente con el daño a bien ajeno, pues eso compete de un análisis objetivo del funcionario judicial y en mi opinión, carece de relevancia, pues no es el objetivo que persigo con estas letras.

Para mí, el análisis merece ser incluso más profundo, algunos podremos estar de acuerdo con que ‘Epa Colombia’ puso en riesgo y lesionó efectivamente varios bienes jurídicos protegidos por el ordenamiento jurídico y por ello debe purgar la pena que la normatividad señala, otros dirán que es excesiva y desproporcionada, algunos dirán que hubiera sido resarcido el daño si ella hubiese pagado la estación que rompió y otros hablan de trabajo social en la misma estación durante un periodo cierto de tiempo.

Acá, lo único que debemos tener claro es que ‘Epa Colombia’ cometió una conducta típica, antijurídica y penalmente responsable, de manera dolosa y por ello debe cumplir una pena. Pero reitero, el análisis debe ser todavía más profundo: ¿Qué concepto tenemos de la justicia? ¿Por qué conductas como la corrupción, en el caso de Samuel moreno, o de los Nule o de muchos otros que desfalcan el erario son penadas con condenas irrisorias o tal vez parecidas en tiempo a las de ‘Epa Colombia’? ¿Por qué a una persona que se roba un caldo de gallina le imponen 36 meses intramural, pero a quien se roba cientos de miles de millones le darán tal vez lo mismo y en mansión por cárcel?

El problema no radica en el sistema, ni mucho menos en el aparato judicial que únicamente aplica la norma ya creada. El verdadero problema radica en quienes hacen la norma, en quienes construyen el sistema de manera tal que cuando ellos cometan delitos sean penados con muy poco tiempo de restricción de libertad, mientras que pretenden mantener al vulgo quieto, estable, obediente frente al poder opresor del Estado.

Resulta diáfano entonces que el Estado es un Estado maquiavélico, consecuencia de quienes somos como sociedad, el concepto mismo que tenemos de República, de poder punitivo, de distribución de la riqueza y de sistema de gobierno o de estado. La democracia está en declive y no solo en Colombia, sino a nivel global, pues el vulgo de cada sociedad no ve reflejadas sus carencias, exigencias o necesidades en la producción normativa de la que se han adueñado grupos de poder.

En términos de Maquiavelo, los hombres reparan mucho menos en ofender al que se hace amar que al que se hace temer, el vínculo del amor lo rompen a medida de su interés, mientras que su temor permanece sostenido por un miedo al castigo que no los abandona nunca. Los hombres aman a su gusto, pero dependen del miedo al príncipe.

En ese orden de ideas, el concepto del Estado actual en Colombia, como un sistema feudal ha triunfado, ha generado miedo en el vulgo y seguramente muchos pensarán dos veces ahora antes de quebrantar la norma, porque saben que la ley es para el de a pie, o como dicen en Colombia para el de ruana. En términos del derecho penal del siglo XX, hay un éxito de la prevención general  y especial, tanto positiva, como negativa, pero en la comunidad, continúa surgiendo un sentimiento de descontento, porque esas no son las leyes que necesitan, porque no se ve reflejada la realidad de sus necesidades, porque para los pobres garrote y para los ricos zanahoria.

Para concluir, no hay que salir a quemar nada, no hay que «tumbar la sentencia» contra ‘Epa Colombia’, lo que hay que hacer es sentarnos y repensar la sociedad que queremos, ¿queremos seguir viviendo en un territorio feudal que elabora normatividad a su antojo? ¿O queremos sentarnos y construir un nuevo contrato social, en el que las normas sean elaboradas según otro concepto de justicia y tengamos todos acceso a la elaboración de las mismas?

Un contrato social nuevo en donde nosotros, el vulgo, tengamos la capacidad de decidir cuáles son nuestros fines de la pena, cuáles son las conductas que consideramos más lesivas y cuáles son las que consideramos merecedoras de penas. ¿Qué es más grave, romper una estación de TransMilenio o robarse el erario? Es tiempo, entonces, de sentarnos a reflexionar acerca de la sociedad que queremos, sin incendiar la que ya tenemos.

 

 

 

( 1 ) Comentario

  1. Qué es más grave, romper una estación de TransMilenio o robarse el erario?.
    Frente a este interrogante, En ambos casos estamos frente a un delito y detrimento al erario público. Por consiguiente es necesario utilizar los impuestos del empresario y el trabajador para reconstruir el deterioro o el daño causado. La pregunta es si la pena impuesta es consecuente, proporcional o se compadece frente al delito cometido.

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Leonardo Rodríguez
Abogado de la Universidad del Rosario y especialista en Derecho Penal de la Universidad EAFIT.