Se avecinan tiempos de vacas flacas para municipios y departamentos

Tal como se ve el panorama, me temo que vendrán tiempos de vacas flacas para los municipios y departamentos por la falta de claridad en la distribución de los recursos de la nación.

Opina - Política

2021-02-25

Se avecinan tiempos de vacas flacas para municipios y departamentos

Columnista 

León Fredy Muñoz Lopera

 

Con la Constitución de 1991 se esperaba dar paso al fortalecimiento regional a través de la descentralización. Es decir, se pretendía que municipios y departamentos tuvieran independencia y recursos suficientes para su desarrollo. Sin embargo, 30 años después, este propósito difícilmente ha podido darse, porque hasta hoy no existe una fuente de recursos propia, constante y suficiente que permita esa independencia.

En la actualidad, las fuentes principales de ingresos de alcaldías y gobernaciones son las transferencias del Gobierno central Sistema General de Participaciones (SGP) y los tributos que la Constitución establece (artículos 338, 330-4 y 313-4) y que corresponden a los generados por los entes territoriales (valorización, industria y comercio, predial, etc.).  Estos últimos, son importantes para las ciudades capitales porque representan ingresos de billones de pesos. Sin embargo, para los municipios de segunda a sexta categoría, representan máximo el 10 % o en el mejor de los casos, el 15 %.

Teniendo en cuenta que los recursos del SGP se utilizan principalmente para satisfacer necesidades básicas de la población (salud, educación, agua potable y saneamiento básico), resulta paradójico que, en ese esquema de descentralización y autonomía que promueve la Constitución, el 90 % de municipios y departamentos dependa de la financiación de la nación para subsistir.

Siendo consciente de la situación y para aumentar un poco esos recursos, el Congreso de la República aprobó los Actos Legislativos 01 de 2001 y 04 de 2007. Entonces, se fijó un incremento: 4 % para 2008 y 3, 5 % en 2009, 3, 5 % para 2010 y 3 % entre 2011 y 2016.

Pero a partir del año 2017, comenzamos de «p’atrás como el cangrejo», pues ese porcentaje adicional desapareció alcaldías y gobernaciones, con menos recursos, porque han tenido que asumir compromisos adicionales a fin de atender víctimas, población desplazada y migrante, gestión del riesgo, cambio climático y actualmente, la atención de la emergencia sanitaria y económica producida por la pandemia.

Si nos vamos al año 2002 cuando los recursos del SGP estuvieron por encima del 40 % de los ingresos corrientes de la nación, podemos dimensionar cuántos recursos han dejado de percibir municipios y departamentos cuando hoy tienen más compromisos.

En 2017, los recursos del SGP que se distribuyeron entre 1123 municipios, 32 departamentos y 5 distritos, correspondieron al 30,6 % de los ingresos corrientes de la nación. En 2018 este porcentaje se redujo a 26,2 %; y en 2019 y 2020 fue de 27,5 %, los porcentajes más bajos de los últimos 17 años [1].

Se calcula que, para este año, el rubro que corresponde al SGP sería del 30,9 % de los ICN. Sin embargo, estos recursos son inciertos, porque se calcularon con un presupuesto demasiado optimista dada la coyuntura económica actual; situación que el mismo gerente del Banco de la República, junto con la Procuraduría y la Contraloría han evidenciado.

Tal como se ve el panorama, me temo que vendrán tiempos de vacas flacas para los municipios y departamentos por la falta de claridad en la distribución de los recursos de la nación. Parte de esto se debe a que en las dos reformas tributarias hechas por el Gobierno se generaron un montón de exenciones tributarias que hoy nos pasan factura; son recursos que se dejaron de percibir y hoy se necesitan para atender la crisis, pero la solución no es otra reforma tributaria en la que sigamos empobreciendo más a la clase media colombiana.

Fuente:

[1] Cálculos propios hechos con base en la exposición de motivos y leyes del PGN 1815 de 2016, 1873 de 2017, 1940 de 2018, y 2008 de 2019. De igual modo, se revisó la exposición de motivos del Proyecto de Acto Legislativo 052 de 2020 de autoría propia.

( 1 ) Comentario

  1. ReplyOSCAR OMAR MOROS FERNANDEZ

    Interesante RADIOGRAFIA sobre las transferencias del Gobierno central Sistema General de Participaciones (SGP) y los tributos que la Constitución establece (artículos 338, 330-4 y 313-4) para los MUNICIPIOS en cuanto a IMPUESTOS LOCALES, como IND & CIO, PREDIAL, VALORIZACION y OTROS. Pero sería un gran aporte distinguido periodista Dr. MAURICIO GALINDO que muchos impuestos se pierden por por la TRIPLE I(INEFICACES, INEFICIENTES, INDECENTES) contrario a la TRIPLE E(EFICACIA, EFICIENCIA, EFECTIVIDAD), por ejemplo lo del PREDIAL el PREDIO hoy en día no tiene el mismo valor ni COMERCIAL ni FISCAL del 2019 , ese simple hecho agravan los PROBLEMAS FINANCIEROS de la CLASE MEDIA, pero en términos generales son los MUNCIPIOS que por CORRUPCION desaprovechan BUENOS RACAUDOS por PREDIAL en los LOTES DE ENGORDE y que no están bien valorados y en cuanto a IND & CIO el descaro es mayor, se ha llegado el EXTREMO de generar DERECHOS DE TRANSITO violando el ARTICULO 168 LEY 769 DE 2002 y en otros como CUCUTA de exonerar ilegalmente del TRIBUTO DE ALUMBRADO PUBLICO a los OLEDUCTOS, más de MIL MILLONES DE PESOS en RECAUDOS.

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León Fredy Muñoz L.
Representante a la Cámara del Partido Alianza Verde, docente, líder social defensor de la educación, la paz y la defensa de lo público como recurso sagrado.