Columnista:
Álvarez Cristian
Parece que, en el Ejército colombiano, a quienes se apegan a las normas y denuncian hechos delictivos —pese a que muchos los consideren “sapos” o traidores— en vez de gozar de reconocimiento y aprecio, son tratados como una deshonra de la institución.
Esta conclusión se desprende de resolución 2817 del 1º de julio de 2020 firmada por el general Eduardo Enrique Zapateiro, en la que ordena el retiro discrecional del comandante del Batallón San Mateo de Pereira, el teniente coronel Wilson Caicedo.
El documento también ordena retirar del servicio activo por tres meses y con pase a la reserva por retiro discrecional del sargento viceprimero Juan Carlos Díaz Díaz, quien dirigía el grupo al que pertenecían los siete soldados implicados en el abuso sexual de una menor de la etnia Embera-Chamí.
El papel de Díaz
La resolución causa una agria sorpresa ya que el sargento Díaz Díaz, fue quien denunció el 23 de junio la violación de la menor por parte de siete militares adscritos a la Unidad Buitre II del Batallón de Artillería de la Octava Brigada que estaba bajo su mando en la vereda Santa Cecilia en el municipio de Pueblo Rico, Risaralda.
Según ha trascendido en los medios del país, tras ser informado de los aberrantes hechos, Díaz Díaz ordenó el aislamiento de los implicados y su arresto para evitar su fuga o que presionaran a la víctima para retractarse. En su versión, el suboficial indicó que se puso a disposición de la familia de la menor para denunciar el caso.
A favor de Díaz en el proceso legal, juega que todas sus acciones frente al gravísimo caso están consignadas en un cuaderno donde él mismo hizo el reporte a mano de los hechos —desde su conocimiento hasta su posterior denuncia con las autoridades competentes— y el cual le entregó a sus superiores.
El propio sargento acompañó a la familia de la menor a presentar la denuncia y tomó todas las acciones protocolarias sobre los soldados. Además, el reporte que envió está escrito a mano y en hojas de cuaderno porque en la zona donde estaba no tenía acceso a elementos informáticos y la norma indica que estos reportes se deben enviar a la menor brevedad posible, explicó a El Tiempo el abogado Óscar Moreno, apoderado del suboficial.
¿Qué dice la resolución?
No obstante, en vez de ponerse de lado del sargento Díaz, la resolución del Ejército, en sus cuatro páginas, no ahorra términos para señalar que el suboficial no cumplió con su deber.
Sin embargo, el documento no deja claro si el incumplimiento del juramento del sargento fue con las leyes constitucionales colombianas o con las normas no escritas de la institución militar, entre las que parece estar —como no— la “discreción de asuntos bochornosos”.
En la resolución 2817 del 1.º de julio de 2020 se lee que “el suboficial debe ser para otros una pauta para actuar con acciones acordes a las convicciones, principios, valores y ética que rigen las actuaciones coherentes que ha jurado defender y proteger”.
En este punto, uno pensaría que la resolución hace mención a las normas, leyes y constitución colombiana; sin embargo, otra cosa se infiere al seguir leyendo lo siguiente:
Cuando una persona escoge la carrera militar debe tener en cuenta que la responsabilidad que libremente asume es doble, una consigo mismo y otra con las demás personas que lo observarán como un modelo a seguir con un comportamiento ajustado a lo correcto… Un soldado es un hombre inteligente que sabe que el ejemplo es el modelo, el patrón, la huella y la trascendencia para otros.
¿De qué comportamiento ajustado a lo correcto habla la resolución, a qué ejemplo se está refiriendo el escrito? Porque si hablamos del deber y ejemplo legal, la actuación del sargento Díaz estarían dentro de ese marco.
Leyendo entre líneas
El texto también hace mención a El honor, cualidad moral que lleva al cumplimiento de los deberes hacia otros o hacia uno mismo. Dignidad personal que impulsa en lo más íntimo a cumplir con severa consciencia sus deberes y al Honor militar, obligación que tiene el hombre de las armas basado en la consciencia de obrar siempre en forma recta e irreprochable, elevado hoy a la categoría de principio.
Sin embargo, pese a que lo dicho y hecho por el suboficial Díaz se ajusta a ambas definiciones, viene un párrafo que parece tumbar con esta idea concebida.
Así las cosas, la permanencia del suboficial no depende solamente de una hoja de vida en donde no se advierta la existencia de antecedentes penales o disciplinarios en contra, ni de la revisión de conceptos obtenidos con anterioridad al retiro, sino además de la existencia de condiciones orientadas a mantener la pulcritud y la probidad de la institución con miras a asegurar que el personal de las Fuerzas Militares cumpla de manera decorosa su misión constitucional.
A uno como lector le queda retumbando esta parte: “mantener la pulcritud y la probidad de la institución”. Sigamos con el texto:
El señor suboficial Díaz desde el inicio de su carrera militar juró comprometerse a velar por el cumplimiento de la Constitución Política, las leyes y los principios de la administración pública, aspectos que no fueron puestos en práctica por el oficial facilitando la ocurrencia de los hechos. Al analizar el comportamiento individual del funcionario frente a los hechos, él afecta de manera grave la buena marcha de la institución armada, en claro prejuicio del servicio que está obligado a cumplir y por ende el interés general, puesto que sus funciones en todo momento deben estar encaminadas en la consecución de los fines dispuestos por la constitución y la ley a los miembros de la fuerza pública.
Yo no sé si a mis queridos y exigentes lectores les pasó lo mismo que a mí, pero siento que tras leer el párrafo anterior queda la idea de que la institución retira al sargento no por haber cumplido con su deber de informar de un hecho escabroso, sino por “enlodar y mancillar” la imagen del Ejército y afectar “la consecución de los fines dispuestos por la ley”.
El remate de la resolución no puede ser mejor:
… (El retiro del suboficial Díaz) conlleva necesariamente al mejoramiento del servicio afectado por las conductas descritas que perjudicaron de manera grave la rectitud y valores que debían observar los hombres bajo su mando y que son base fundamental de los miembros del Ejército Nacional.
No sé a ustedes, pero a mí me queda la sensación de que al sargento (con una carrera intachable de 18 años de servicio) lo mandan a retiro discrecional por “sapo”, por poner en tela de juicio la “pulcritud y la probidad del Ejército”, por que a juicio de sus otros 22 hombres de la unidad que dirigía quedó como un tipo en el que pesa más lo correcto que la “fama y el decoro” de una institución con varias (¿o muchas?) “manzanas podridas”.
¿O será que a ese “cuento” le está faltando un pedazo?
Fotografía: cortesía de El Tiempo
Si señores, a mi parecer, a ese cuento le falta un pedazo: Así como una madre, un profesor es responsable por lo que pueden hacer sus dependientes hiperactivos, el Suboficial tenía a su cargo soldados que si no había más qué hacer, póngalos a recortar papel pero manténgalos vigilados y ocupados.El suboficial no cumplió con su deber y no se sabe por qué razón no lo hizo. He ahí el papel del «criterio» en Colombia; «depende de». aunque la resolución que dió el sub, sea ejemplo a seguir.